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Registro 08 (ZOC MIQUEL FLETA)

Registro-8 ZOC MIQUEL FLETA parque de ocio canino.

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Condiciones de uso:

  1. Los perros podrán circular libremente sin correa dentro del recinto. Por motivos de seguridad, en la zona pavimentada y en las escaleras de la plataforma sobre las vias del tren, los perros deberán ir sujetos
  2. Los perros agresivos con las personas o con otros animales deberán llevar bozal.
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  3. Los perros catalogados como potencialmente peligrosos según la Ley 50/1999 de 23 de diciembre, no podrán circular sueltos ni sin bozal, en ningún caso.
  4. Queda prohibido el abandono de excrementos de los perros en dicho espacio. El propietario deberá recoger las deposiciones.
  5. El propietario será responsable de los daños físicos y psíquicos que puedan ocasionar sus animales.
  6. Todos los perros deberán estar identificados con microchip deberán estar al corriente de las vacunaciones y tratamientos obligatorios. Los portadores de los perros deberán llevar consigo la documentación del animal, legalmente exigible (cartilla sanitaria, licencia e inscripción en el registro en el caso de animales potencialmente peligrosos).
  7. La policía local y los controladores medioambientales de EMAYA vigilarán el correcto uso del recinto y el cumplimiento de las ordenanzas municipales.

Fecha última modificación: 2 de mayo de 2023